Compartimos un análisis del Informe 2/2023 de la Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Junta de Andalucía, de 17 de marzo de 2023, en el que este órgano se pronuncia sobre la procedencia de compensar los gastos realmente soportados por el concesionario de un contrato de concesión para la gestión de servicios, cuando extinguida la relación contractual, se le impone unilateralmente la obligación de continuar prestando el servicio hasta la adjudicación del nuevo contrato.
La compensación a favor del concesionario se fundamenta en la teoría de prohibición del enriquecimiento injusto.
El Informe se apoya en el Dictamen nº 31/17 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, así como en la doctrina jurisprudencial sentada por el Tribunal Supremo en su Sentencia 1066/2020 de 21 de julio (Rec. 7567/2018).