Informe Jurídico 54/2023 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre la interpretación que la misma realiza del artículo 5.1 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que atribuye la condición de responsable del tratamiento de los datos personales al órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad u organismo obligado por esta Ley.

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Compartimos esta nueva Alerta Legal elaborada por SdP Estudio Legal y referida al Informe Jurídico 54/2023 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre la interpretación que la misma realiza del artículo 5.1 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 

Dicho Informe Jurídico atribuye la condición de responsable del tratamiento de los datos personales al órgano de administración u órgano de gobierno de cada entidad, empresa u organismo obligado por esta Ley.  

Hay que tener en cuenta que desde el pasado día 13 de junio de 2023 es de obligado cumplimiento que las administraciones, organismos y empresas con más de 250 trabajadores cuenten con un canal o sistema interno de información donde las personas puedan informar sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que se produzcan en el seno de estas organizaciones. Para las de menos de 250 trabajadores el plazo se extiende hasta el próximo 1 de diciembre de 2023.