SdP Estudio Legal expone en Madrid al sector español de la ingeniería cómo afrontar el aumento de los costes de los contratos públicos

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SdP Estudio Legal ha participado en Madrid en una jornada de trabajo sobre los contratos públicos que ha estado organizada por TECNIBERIA, la asociación española de empresas de ingeniería, consultoría y servicios tecnológicos que opera también como patronal nacional del sector de la Ingeniería.

El encuentro sirvió a SdP Estudio Legal para exponer a los representantes de las empresas de ingeniería participantes los aspectos más destacados que inciden sobre la economía del contrato de servicios con las administraciones públicas cuando aumentan los costes o el alcance de dicho contrato.

En esta jornada intervinieron Juan Antonio Carrillo Donaire, consejero de SdP Estudio Legal y Laura Álvarez Medina, abogada socia de SdP Estudio Legal, quienes expusieron los elementos que pueden justificar la modificación o suspensión de los contratos públicos.

Entre ellos analizaron la incidencia de las prórrogas forzosas y la orden de continuidad de los contratos públicos o la obligación que tienen las administraciones de compensar al contratista cuando, por actuaciones propias –generales y obligatorias– que se mueven en un plano superior a la relación contractual, se provoque (de forma indirecta) un desequilibrio de las prestaciones en perjuicio del contratista.

También se analizaron otros aspectos destacados en los contratos públicos, como el riesgo imprevisible los efectos y aplicación de la llamada cláusula rebus sic stantibus como consecuencia de la aparición de un riesgo que no pudo ser previsto al tiempo de celebrarse el contrato o cuando se alteren sustancialmente las condiciones de ejecución del mismo, de modo que la prestación pactada resulte mucho más onerosa para una de las partes de lo que inicialmente podía preverse.

Por último también expusieron el sistema de precio cerrado que hace referencia a la modalidad de fijación del precio a tanto alzado, en la que el contratista se compromete a ejecutar su prestación por una cantidad total predeterminada y, a priori, inmutable, sin que la misma se vea condicionada por la prestación de servicios adicionales a los inicialmente contratados o el mantenimiento del servicio una vez ha transcurrido la duración prevista en los Pliegos.