Publicado el cuarto decreto contra la sequía de la Junta de Andalucía

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En el BOJA de 1 de febrero de 2024 se ha publicado el Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario. Ante el interés del contenido de este Decreto, en SdP Estudio Legal analizamos los aspectos más destacados del mismo.

El Decreto tiene por objeto: (i) definir nuevas obras y actuaciones frente a la sequía al objeto de aumentar la garantía de abastecimiento humano en los ámbitos territoriales de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía en situación de excepcional sequía; (ii) ampliar el plazo de aplicación de las medidas de apoyo a los usuarios de agua para riego de las zonas con regulación incluidas en ámbitos de excepcional sequía definidas en el artículo 3 del Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril (tercer decreto contra la sequía); y (iii) establecer subvenciones al sector agrario y ganadero de Andalucía para paliar los efectos de la sequía.

Entre las medidas para paliar los efectos producidos por la sequía en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, se establecen obras y actuaciones inmediatas y prioritarias (Anexo I) que se considera necesario ejecutar frente a la situación de sequía declarada. Asimismo, se declaran otras obras y actuaciones en los ámbitos declarados en situación de excepcional sequía (Anexo II) que podrán ser ejecutadas por los operadores vinculados a la gestión del agua o por las entidades gestoras de los servicios de abastecimiento, previa autorización de los Ayuntamientos correspondientes, pudiendo acudir para ello al procedimiento de contratación de emergencia del artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Al objeto de mejorar la gestión en todos los usos del agua, se establecerán subvenciones, financiadas con fondos FEADER, dirigidas al asesoramiento de las Comunidades y Juntas Centrales de Usuarios, tanto para las ya existentes, como de nueva creación, para contribuir a su constitución y mantenimiento.

Por otro lado, se concede la exención de la cuota del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua correspondientes al periodo impositivo 2024 para aquellos titulares de derechos al uso de agua para riego que sean beneficiarios de obras de regulación u otras obras hidráulicas específicas en ámbitos territoriales de excepcional sequía y que hayan dispuesto de un volumen de agua igual o inferior al 50% del normal. Asimismo, a los usuarios con aprovechamientos de agua para riego en ríos no regulados se les concede la exención de la cuota del canon de regulación para el periodo impositivo 2024 en el caso de que el sistema de explotación en el que se encuentren dichos aprovechamientos haya dispuesto de un volumen de agua igual o inferior al 50% del normal.

Además, se admite la dilución de los recursos hídricos con otros procedentes de la recuperación de captaciones en desuso, con el fin de garantizar la dotación de consumo doméstico que se establezca para cada estado de escasez.

En relación con las medidas urgentes de apoyo al sector agrario, se anuncia la convocatoria de ayudas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 por valor de 50.000.000 euros destinadas a aquellas explotaciones agrarias afectadas por la situación de sequía.

Adicionalmente, en aquellos ámbitos territoriales con declaración de escasez severa o grave, se restringe la puesta en cultivo de nueva superficie de riego que a la entrada en vigor del presente decreto-ley, y aun disponiendo de concesión administrativa de aguas, no se encuentre transformada, no contemplándose las concesiones que supongan nuevas transformaciones.

Por último, el Decreto-ley 2/2024 modifica varias disposiciones de la a Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía (incluyendo en su nuevo artículo 63.quater las obras de interés de la Comunidad Autónoma en situación de excepcional sequía declarada); el Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía; y el Decreto-ley 2/2022, de 29 de marzo, por el que se amplían las medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario y pesquero.

Puede acceder al contenido completo del BOJA de 1 de febrero de 2024: